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SUBVENCIONES

para el establecimiento y consolidación de
proyectos de las personas trabajadoras autónomas

Apertura el 21/05/2024 y el cierre el 15/07/2024

Plazo de presentación

Apertura el 21/05/2024 y cierre el 15/07/2024

Tipo de solicitante

Autónomo

En que consiste la ayuda

Línea 1 será de 3.000 euros
Línea 2 será de 2.000 euros

Quién puede
solicitarla

LÍNEA 1 – NUEVOS AUTONOMOS – 3000€

Personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas, o que formen parte de comunidades de bienes, sociedades civiles o entidades sin personalidad jurídica o que constituyan una SLU.

LÍNEA 2 – AUTONOMOS DADOS DE ALTA – 2000€

Personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas que realicen la actividad en zonas escasamente pobladas, en riesgo de despoblación o en zonas rurales intermedias y mujeres

LÍNEA 1

Subvenciones para el establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas, con el fin de facilitar la generación de su empleo por cuenta propia y el mantenimiento durante los primeros 12 meses de actividad. NUEVOS AUTONOMOS

Requisitos
  • Figurar inscritos en las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha, como demandantes de empleo, el día anterior al alta en el RETA o en la Mutualidad de Previsión Social del colegio profesional correspondiente.
  • Haber causado alta en el RETA o en la Mutualidad de Previsión Social del colegio profesional correspondiente en el período comprendido entre el 1 de julio del año anterior a la publicación de los créditos de la correspondiente convocatoria y el 30 de junio de 2024 en el que se publiquen los créditos y continuar estándolo, ininterrumpidamente, a la fecha de presentación de la solicitud.

LÍNEA 2

Subvenciones para la consolidación de proyectos de las personas trabajadoras autónomas, con el fin de facilitar la continuidad de su empleo por cuenta propia, tras los primeros 12 meses de actividad. El período subvencionable comprenderá desde el 1 de julio de 2022 hasta el 30 de junio de 2023.

Requisitos
  • Estar dado de alta en el RETA o en la Mutualidad de Previsión Social del colegio profesional correspondiente, transcurridos los primeros 12 meses de la actividad y continuar estándolo, ininterrumpidamente, a la fecha de la presentación de la solicitud.
  • Que en el momento de presentar la solicitud lleven más de 12 y menos de 36 meses de alta en el RETA o Mutualidad de Previsión Social correspondiente.
  • Disponer de un plan de igualdad, cuando así lo establezca la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  • No haber sido beneficiario de ayudas para la consolidación de proyectos de personas trabajadoras autónomas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en los dos años anteriores, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud.